Preguntas Frecuentes
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Preguntas Frecuentes | Personas

Al momento de un siniestro, ¿cuál es el valor del vehículo que se tendrá en cuenta?
Se determinará al momento del siniestro, el valor de venta al público al contado en plaza de un vehículo de igual marca, modelo y características, teniendo en cuenta como valor máximo, la suma asegurada que figure en póliza o certificado, salvo que haya contratado valor de reposición. Franquicias Deducibles. Determinados siniestros están sujetos a franquicias o deducibles a su cargo según cada cobertura. Usted encontrará detallados los importes a su cargo para cada evento en su póliza o certificado.
¿Qué comprende la cobertura de Responsabilidad Civil?
Los reclamos que pudiera recibir como consecuencia de los daños causados por su vehículo o por la carga que transporte en condiciones reglamentarias, ya sea producidos por Usted o por quien conduzca la unidad, hasta la suma máxima por acontecimiento que se especifican en su póliza o certificado.
¿Cuándo se considera Destrucción Total?
Se considera Destrucción Total cuando el costo de la reparación de la unidad siniestrada supere el 80% de valor de venta al público del vehículo asegurado al momento del siniestro.
¿Qué cubre y qué excluye la cobertura de Robo o Hurto?
¿Qué cubre? El robo o hurto del automóvil o de sus partes (según el modelo original de fábrica) en forma total o parcial, según la modalidad que Usted haya contratado. ¿Qué no cubre? El robo o hurto del equipo reproductor de sonido y/o antena, aunque sea original de fábrica. Los daños (rotura de cristales, raspones, etc.) que sufra su automóvil como consecuencia de robo o intento de robo, a no ser que su seguro incluya la cobertura de Daños Parciales por Accidentes. Los faltantes, cuando se produce en Robo Total y aparece luego el automóvil, a no ser que su seguro incluya la cobertura de Robo Parcial. El robo o hurto de las tapas de ruedas, tapas de radiador y tanque de combustible, escobillas y brazas limpiaparabrisas, espejos e insignias exteriores y herramientas, formen o no parte del equipo original de fábrica.
¿Qué alcance y limitaciones presenta la cobertura de Daños por Incendio o Accidente?
Las mencionadas coberturas podrán ser totales o parciales, según la modalidad que Usted haya contratado. ¿Qué cubren? Los daños materiales que sufra el vehículo objeto del seguro por la acción directa o indirecta del fuego, explosión, roce o choque de o con otros vehículos, personas, animales o cualquier otro agente externo y ajeno al mismo vehículo. Los daños a consecuencia de terremoto, tornado, huracán o ciclón, granizo, inundación. Los daños producidos por hechos de huelga, lock-out o tumulto popular (siempre que Usted o el conductor no sean partícipes de dichos eventos). ¿Qué no cubren? Daños de orden mecánico o eléctrico, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de neumáticos que no sean consecuencia de un acontecimiento cubierto. Vicio propio, mal estado de conservación, desgaste, oxidación o corrosión. Daños originales por la corriente, descarga y otros fenómenos eléctricos que afecten la instalación eléctrica, sus aparatos y circuitos.
¿Qué excluyen todas las coberturas?
Cuando el vehículo estuviera secuestrado confiscado, requisado o incautado. Cuando esté circulando o se hubiera dejado estacionado sobre playa de mares, ríos, lagos o lagunas. Accidentes o daños de todas clases originados o derivados de la energía nuclear. Hechos de guerra civil o internacionales, guerrilla, rebelión, sedición o motín y terrorismo. Cuando el conductor no esté habilitado por Autoridad competente para conducir esa categoría de vehículo o su registro se encuentre vencido. Cuando la carga sea transportada en forma incorrecta (mal estibaje, exceso de carga o deficiencia de envase). Cuando la carga esté constituida por sustancias corrosivas o tóxicas, combustibles líquidos, inflamables o carburantes, gases comprimidos, licuados o disueltos a presión, materiales explosivos, sustancias radiactivas o residuos de la combustión nuclear, ni la contaminación, ni la polución ambiental que generaren en el curso de sus transporte.
¿Qué es un seguro de hogar?
Es aquél que resguarda contra daños provocados a las viviendas permanentes o temporales y su contenido contra diversos riesgos. También puede cubrir los daños a cosas o lesiones a terceros. Se llama Combinado Familiar porque en una sola póliza se cubren diversos riesgos.
¿Qué cubre el Combinado Familiar?
El Seguro de Combinado Familiar brinda amparo asegurativo a la vivienda particular de ocupación permanente contra todos los riesgos que puedan afectarla como ser: Incendio, rayo y/o explosión de Edificio y/o del Mobiliario Familiar. Robo y/o Hurto de Mobiliario Familiar. Rotura de cristales. Granizo. Terremoto. Huracán - Tornado. Responsabilidad civil por hechos privados, daños a cosas y lesiones a terceras personas. Daños por agua. Daños por accidentes a PC, equipos de audio, música, TV. Accidentes Personales del Asegurado y miembros de la familia. Robo objetos diversos. Responsabilidad civil linderos a consecuencia de incendio y/o explosión. El Asegurado puede optar por productos modulados con coberturas y sumas aseguradas preestablecidas o bien diagramar su póliza a su medida optando por las coberturas y sumas aseguradas que necesita para estar perfectamente asegurado.
¿De qué me sirve contratar un seguro de Vida?
Un seguro de vida representa un resguardo para la familia del asegurado en la mayoría de los casos, dado que ante el fallecimiento de éste, indemniza la suma asegurada, dando seguridad económica en los momentos en que más se necesita; y también, a través de cláusulas adicionales optativas, sirve para otorgarle al propio asegurado una posibilidad de beneficio ante eventos como: enfermedades graves, trasplantes, invalidez, entre otras.
¿Es importante declarar la actividad en una cobertura de accidentes personales?
Sí, es importante porque de la misma depende la suscripción, evaluación del riesgo y el costo del seguro.
¿Qué es la franquicia y cómo funciona?
En las cobertura de Todo riesgo “con franquicia”, esta es la parte de la indemnización que no se paga, es decir que queda a cargo del asegurado. Es un monto que puede ser tanto fijo como variable (en función del precio del 0Km o del monto del siniestro) y que el asegurado elige al contratar su póliza. Recuerde que el asegurado participará en cada evento con una franquicia, por lo tanto, si reclamara en forma conjunta la indemnización por la reparación de los daños provenientes de un choque por un lado y por otro la reparación de unos daños de estacionamiento, como tales daños provienen de 2 eventos distintos se deducirán de la indemnización 2 franquicias.
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